19 de mayo de 2022
Preocupados por entregar el mejor servicio, a continuacion presentamos enlace en donde se indica la carga de los equipos CEG 1003-R y 1005-RAI.
07 de junio de 2018
El 29 de marzo de 2016, se publicó en el Diario Oficial el D.S. 43 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Esta nueva regulación será exigible a partir del 26 de setiembre del 2016, fecha en la que quedará derogado el D.S. 78 de 2009. En caso que se deban hacer modificaciones a las instalaciones, para cumplir con el decreto, el plazo es de 2 años; mientras que para la industria extractiva minera, cuya incorporación al ámbito de aplicación de esta reglamentación es una novedad, el plazo se puede extender hasta 5 años